REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL OCTAVO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS
Maturín, 02 de Octubre de dos mil Catorce
204º y 155º


(SIFD: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. ART.130 LOPT)

N° DE EXPEDIENTE: NP11-L-2014-000766
PARTE ACTORA: ELÍAS BELANDRIA PEREIRA (NO HIZO ACTO DE PRESENCIA EN LA INSTALACIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR).
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO ASISTIO.
PARTE DEMANDADA: HERMANOS LENCE, C.A. (HELENCA).
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: AXEL RAMIREZ INFANTE
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy 02 de Octubre de dos mil Catorce, siendo las 9:00 A.M., día y hora fijada para que tuviera lugar la INSTALACIÓN Audiencia Preliminar en el presente juicio, seguido por el ciudadano ELIAS BELANDRIA PEREIRA en contra de la demandada HERMANOS LENCE, C.A. (HELENCA), por COBRO DE PRESTCIONES SOCIALES. Se deja expresa constancia de que la parte actora ciudadano ELÍAS BELANDRIA PEREIRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.031.284, no comparecieron a la realización de la INSTALACIÓN de la Audiencia Preliminar, ni por si ni por medio de apoderado judicial, se deja constancia igualmente que hace acto de presencia el abogado en ejercicio AXEL RAMIREZ INFANTE, titular de la cédula de identidad N° 4.718.275, Inscrito en el IPSA N°32.320, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada HERMANOS LENCE, C.A. (HELENCA), según consta de copia simple y poder original que presenta en este acto para que previa confrontación sea certificado y devuelto su original al interesado y agregado a los autos, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, con sede en la ciudad de Maturín, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISION. Dada, firmada y sellada, en la ciudad de Maturín, a los 02 días del mes de Octubre de 2014. Años 204 ° de la Independencia y 155° de la Federación.
La Jueza Titular,


Abg. YISSEIN LÓPEZ

El Secretario (a)

Abg.
El apoderado judicial de la demandada,