ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2014-002404
PARTE ACTORA: DONEIVI ENRIQUE GONZALEZ GONZALEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO COMAPRECIÓ
PARTE DEMANDADA: “REPRESENTACIONES EP 2022, C.A. (FIGS CAFE)”
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Alejandro Leoni y María Grateron
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy, lunes veinte (20) de octubre de 2014, día y hora fijado 09:00 a.m.) para que tenga la lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio de “COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES”, incoado por el ciudadano: DONEIVI ENRIQUE GONZALEZ GONZALEZ contra la demandada “REPRESENTACIONES EP 2022, C.A. (FIGS CAFE)”. Seguidamente este Tribunal deja constancia de la comparecencia de los ciudadanos: ALEJANDRO LEONI y MARÍA GRATERON, titulares de las cédulas de identidad N° 12.391.876 y 19.335.146, respectivamente, abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 74.863 y 200.663, en igual orden, en su carácter de apoderados judiciales de la parte demandada “REPRESENTACIONES EP 2022, C.A. (FIGS CAFE)”, según poder que consta en autos, como punto previo el Tribunal deja constancia que por la representación de la parte actora aparece suscribiendo la planilla de control de asistencia de la Sala de Anuncios de Audiencia Preliminar, fijada para alas 09:00 a.m., la abogada “JOSEFINA ROA, 158.699 (número de IPSA) se anexa marcada “A” copia de la planilla de control de asistencia, no obstante, siendo ya las 09:50 a.m., físicamente no ha comparecido ni la apoderada que supuestamente suscribió dicha planilla ni la parte actora, La alguacil de la Sala de Anuncios WENDY GARRIDO, C.I.N° 14.363.603 y el Alguacil HECTOR RODRIGUEZ, previa llamada por el Juez, iniciaron la búsqueda de la mencionada abogada tanto el piso 2, como en el resto de los pisos del Circuito, informando al Juez que la misma fue infructuosa. De igual forma, se llamó a la Oficina de seguridad para que verificaran si la profesional del derecho ingresó a las Instalaciones del Circuito y a qué hora. Posteriormente, se recibe llamada de alguacil de la Sala de Anuncios WENDY GARRIDO, antes identificada, informando al Juez, que la mencionada apoderada le informó “que ella tenía también una AUDIENCIA DE JUICIO en la causa AP21-L-2013-1894 a la misma hora y decidió irse a dicha Audiencia, con la agravante que se anotó también en la planilla de control de asistencia para dos (02) actos a la misma hora, incompareciendo a la Audiencia Preliminar (se anexa copia marcada “B” de la planilla suministrada por la funcionaria), aclarado lo anterior. Así mismo, se deja constancia que la parte actora no compareció, ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se deja constancia que la parte demandada presentó escrito de pruebas al inicio de la audiencia, el cual fue devuelto. Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas a los veinte (20) días del mes octubre de dos mil catorce (2014). PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. Años 155° y 204°
El Juez

Abg. Franklin Porras Mendoza


Los Presente

El Secretario
Abg. Manuel López