REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 24 de octubre de 2014
204º y 155º
Sentencia Interlocutoria Nº 089/20014
Visto, el error involuntario en el cual incurrió este Tribunal en dictar el auto de fecha 17 de Julio de 2014, mediante el cual se termino el presente Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la contribuyente “SIDERURGICA DEL ORINOCO, C.A. (SIDOR)”, habiéndose notificado al ciudadano Procurador General de la República de la sentencia Nº 0023/2014 de fecha 09/05/2014, recaída en el mencionado Recurso, siendo correspondiente notificar de ella al Sindico Procurador del Municipio Caroni del Estado Bolívar, conforme a lo dispuesto en el articulo 152 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, y 278 del Código Orgánico Tributario; este Órgano Jurisdiccional a los fines de corregir el error cometido, decide:
PRIMERO: Deja sin efecto el auto de terminación de fecha 17 de Julio de 2014.
SEGUNDO: Ordena librar boleta de notificación al ciudadano Sindico Procurador del Municipio Caroni del Estado Bolívar, de la sentencia 0023/2014 de fecha 09/05/2014, de conformidad con el articulo 152 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, para proceder de conformidad al articulo 278 del Código Orgánico Tributario . A tales efectos se comisiona al Juez Distribuidor del Municipio Caroni de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, a fin de que practique dicha notificación .Líbrese despacho, oficio y boleta de notificación.
El Juez Titular.
Ricardo Caigua.
La Secretaria.
Hilmar Elena Rocha Esaá.
Fecha Ut Supra: se libró despacho, oficio y boleta de notificación.
La Secretaria.
Hilmar Elena Rocha Esaá.
Exp. Nº 1494
Asunto Nº: AF42-U-2000-000088
RCJ/HERE/mav.
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