REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR TERCERO DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 9 de Octubre de 2014
204º y 155º

ASUNTO: AP41-U-2010-000217

Visto que en fecha 16 de noviembre de 2011 (folios 139 al 169), la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia dictó sentencia Nº 01518, mediante la cual declaró:
“…1. Se ANULA la sanción de multa impuesta por la Administración Tributaria a la referida empresa por 848 U.T., por emitir facturas de ventas con prescindencia de los requisitos y características exigidas por las normas tributarias, desde el mes de enero de 2005 hasta el mes de junio de 2006.
2. Se declara FIRME la sanción de multa impuesta por el mismo órgano fiscal a la aludida contribuyente, por 12,50 U.T., por llevar el Libro de Compras y de Ventas sin cumplir con las especificaciones señaladas durante el señalado período, salvo lo relacionado al valor referencial de la unidad tributaria que habrá de ser aplicada a los fines de la conversión de la misma.
3. Se declara inaplicable en el caso de autos, la concurrencia prevista en el artículo 81 del vigente Código Orgánico Tributario.
4. Se ORDENA al Seniat efectuar el recálculo de la mencionada multa, en los términos expuestos en el presente fallo.
5. Se declara parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto en el caso de autos.
6. Se REVOCA la condenatoria en costas impuesta a la contribuyente…”

Visto asimismo que han sido practicadas las notificaciones de la Sentencia dictada por la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, tal y como consta a los folios 173, 175 y 182 al 183; este Tribunal procede a declarar definitivamente firme la Sentencia Definitiva Nº 1527, dictada por este órgano jurisdiccional en fecha 28 de febrero de 2011.
LA JUEZA,


BEATRIZ B. GONZÁLEZ.- LA SECRETARIA,


YANIBEL LÓPEZ RADA.-


BBG/ivbm.-