REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, diez (10) de octubre de 2014
Años: 204º y 155º
Vista el escrito presentado en fecha 08 de octubre de 2014, por la abogada BÁRBARA RODRÍGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 117.240, actuando en representación de la parte actora, en el cual solicitó la notificación de la sentencia dictada en fecha 16.05.2014 a la parte demandada, este Tribunal acuerda en conformidad. En consecuencia, se ordena notificar a la parte demandada, sociedad mercantil MED SURE, C.A., y/o en la persona de su apoderado judicial, abogada ARGELIA CHIVIDATTE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 15.332. Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese boleta de notificación. Cúmplase.
EL JUEZ,
DR. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES.
LA SECRETARIA.
Abg. MARÍA ELVIRA REIS
VGJ/MER/lg
Exp: AP71-R-2013-000421
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, diez (10) de octubre de 2013
Años 204° Y 155°
BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:
A la sociedad mercantil MED SURE, C.A., de este domicilio e inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda en fecha 14.03.2003, bajo el Nº 90, Tomo 742-A., y/o en la persona de su apoderado judicial, abogada ARGELIA CHIVIDATTE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 15.332, parte demandada en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES (vía intimatoria), sigue en su contra, la sociedad mercantil UNIDAD DE ATENCIÓN MÉDICA GONZÁLEZ & ASOCIADOS, UAMGA, C.A., sustanciado en el expediente signado con el número AP71-R-2013-000421, de la nomenclatura interna llevada por este Tribunal; por auto de esta misma fecha se acordó su notificación, de la sentencia dictada por este Juzgado en fecha 16 de mayo de 2014.-
Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.-
Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-
EL JUEZ,
DR. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES
VGJ/lg
Exp Nº AP71-R-2013-0000421