ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2014-001622
PARTE ACTORA: ANTONIO JOSE AGUEY
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: NO SE PRESENTO
PARTE DEMANDADA: “ MULTISERIVIOS VADELLA 2005, C.A”
PARTE CO-DEMANDADA: “SERVICIOS WIPHALAS, C.A” y JOSE LUIS RODRIGUEZ (EN FORMA PERSONAL)
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADAS: MARCOS ANTONIO HIGUERA y AGUSTIN IGLESIAS VILLAR
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR
En el día hábil de hoy, lunes (06) de octubre de 2014, siendo las 02:00 P.M, día y hora fijado para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma, los ciudadanos MARCOS ANTONIO HIGUERA e AGUSTIN IGLESIAS VILLAR, abogados inscritos en el IPSA Nro. 26.929 y 49.056, respectivamente, apoderados judiciales de las co-demandadas “SEVICIOS WIPHALAS, C.A” y JOSE LUIS RODRIGUEZ (en forma personal) tal como se desprende de documento poder que corre inserto en autos. Igualmente el Tribunal deja constancia de la incomparecencia a este acto de la parte codemandada “MULTISERIVIOS VADELLA 2005, C.A” ni por si, ni por interpuesto apoderado judicial alguno. Finalmente, el Tribunal deja expresa constancia de la incomparecencia de la parte actora ciudadano ANTONIO JOSE AGUEY, NI POR SI NI POR INTERPUESTO APODERADO JUDICIAL ALGUNO, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Vigésimo Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 204° y 155°.
El Juez,
Abog. Danilo Serrano
Apoderado Judicial de la Parte Co-Demandada
El Secretario
Abog. Mirianky Zerpa
Publíquese, regístrese y déjese copia de la presente decisión dada firmada y sellada en la sede del despacho en Caracas, a los seis (06) días del mes de octubre de 2014, años 204° de la independencia y 155° de la federación, respectivamente.- Cúmplase con lo ordenado.-
Se ordena la publicación de la presente decisión en la página electrónica del Tribunal Supremo de Justicia en el sitio denominado Gobierno Judicial. Regiones Área Metropolitana de Caracas http://caracas.tsj.gov.ve/.,
El Secretario
Abog. Mirianky Zerpa
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