REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Violencia contra la Mujer en función de Juicio de la Circunscripción Judicial del estado Monagas
Maturín, 13 de Octubre de 2014
204º y 155º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-S-2013-002244
ASUNTO : NP01-S-2013-002244
JUEZA: Abga. Dulce Lobatón B.
MINISTERIO PUBLICO: Abga. Carmen Cabeza B. Fiscalia Décima Quinta del Ministerio Público.
ACUSADO: Iván Darío González Nery, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.084.043, de 45 años de edad, por haber nacido en fecha17-08-1969, de profesión u oficio Ingeniero, natural de Cabimas estado Zulia, estado civil: Divorciado, hijo de: Edicta Ramona Nery (F) y Omar Darío González (F), residenciado en: Urbanización Juanico, Calle Canaima, Edificio: Doña Trina, Piso 5- Apartamento 5-B, Maturín Estado Monagas, TELÉFONO: 0424-9298081.
DELITO: VIOLENCIA FÍSICA previsto y sancionado en el artículo 42 en su encabezamiento y segundo de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Vivir Una Vida Libre de Violencia.
VICTIMA: (SE OMITE SU IDENTIDAD).
DECISIÓN: EXTENSION DEL LAPSO DE PRESENTACIONES.
Visto el contenido del escrito presentado por el Abg. Sabino Rosales, en su condición de Defensor Público Primero Especializado del acusado, a quien se le sigue el presente asunto por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA previsto y sancionado en el artículo 42 en su encabezamiento y segundo de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Vivir Una Vida Libre de Violencia en perjuicio de la ciudadana (SE OMITE SU IDENTIDAD), mediante el cual solicita que le sea extendido el lapso de presentaciones las cuales viene realizando cada cuarenta y cinco (45) días, argumentando que el cumplimiento de las mismas cada cuarenta y cinco (45) días, le dificulta cumplir con su actividad laboral, debido a que debe trasladarse con mucha frecuencia a reuniones de trabajo, dentro y fuera del país, en su condición de Gerente de Operaciones Internacionales y de Conformación de Expresa de Capital Mixto de PDVSA, se observa que el Defensor Público Primero Especializado del justiciable a los fines de fundamentar su solicitud consigno la constancia de trabajo emitida por la empresa PDVSA, C.A. y pasaporte.
Ahora bien, este Tribunal para decidir sobre la petición observa:
PRIMERO: En fecha dieciocho (18) de noviembre de dos mil trece (2013), tuvo lugar la Audiencia Especial de presentación de imputado al ciudadano Iván Darío González Nery, a quien se le sigue el presente asunto por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA previsto y sancionado en el artículo 42 en su encabezamiento y segundo de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Vivir Una Vida Libre de Violencia en perjuicio de la ciudadana (SE OMITE SU IDENTIDAD), decretándole el tribunal medida cautelar sustitutiva de libertad siendo una de ellas la contenida en el artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, numeral 3º es decir, Presentación cada cuarenta y cinco (45) días ante la Unidad del alguacilazgo.
SEGUNDO: En fecha 07 de octubre del 2014, se recibió escrito mediante el cual el Defensor Público Primero Especializado acusado de autos solicita al Tribunal la extensión del lapso de presentaciones que le fue impuesta de conformidad con lo previsto en el artículo 242 del ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, es decir, las Presentación cada cuarenta y cinco (45) días ante la Unidad de Alguacilazgo, alegando que el cumplimiento de las mismas lo perjudica en su jornada de trabajo, este Tribunal a los fines de garantizar los derechos del Acusado de autos pasa a decidir lo solicitado.
Ahora bien, del análisis de las actuaciones y visto el record de presentación del justiciable, que hasta la presente fecha ha cumplido a cabalidad con el mismo, esta Juzgadora garantizando sus derechos, considera que es razón suficientes para DECLARAR CON LUGAR, la solicitud formulada y en consecuencia se extiende el lapso de las presentaciones a cada sesenta (60) días al ciudadano Iván Darío González Nery. Y ASÍ SE DECIDE.
DECISION
Es por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer, Impartiendo Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARAR CON LUGAR, la solicitud formulada por el ciudadano Iván Darío González Nery, acusado de autos, y en consecuencia se extiende el lapso de presentaciones a cada sesenta (60) días por ante el Alguacilazgo del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas. Notifíquese a las partes de la presente decisión, déjese copias certificadas de la misma. Ofíciese a la oficina del alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal. Diaricese. Publíquese, Regístrese. Cúmplase.
Jueza Primera de Primera Instancia en Función de Juicio,
Abga. Dulce Lobatón B.
La Secretaria del Tribunal,
Abga. Yomaira Palomo E.
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