REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Violencia contra la Mujer en función de Juicio de la Circunscripción Judicial del estado Monagas
Maturín, 21 de Octubre de 2014
204º y 155º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-S-2013-002730
ASUNTO : NP01-S-2013-002730

Recibido y visto solicitud interpuesta por la ciudadana Abga. MARIA ISABEL ROCCA, en su carácter de Defensora Publica Tercera Especializada del Acusado JOSE GREGORIO GONZALEZ, mediante lo cual solicita: “…el traslado hasta la Medicatura Forense toda vez que el mismo siente afecciones en su salud debido a la imposibilidad que presenta para aplicarse la insulina y mantener la alimentación adecuada que requiere en virtud a su diabetes avanzada…”. Ahora bien, una vez valuado en su integridad el escrito contentivo de las razones de hecho en cual se fundamenta la Defensora Privada para formular tal petición, en tal sentido es deber indeclinable del estado proteger la vida de las personas que se encuentran privadas de libertad, conforme a lo dispuesto en el artículo 43 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el articulo 83 Ejusdem la salud es un derecho social fundamental y el Estado debe garantizarla como parte del derecho a la vida. Por todas las razones de derecho antes expuesta este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER, en aras de garantizar el Derecho Constitucional a la Salud previsto en el articulo 83 de nuestra Carta Magna ORDENA con la seguridad del caso, el traslado del acusado JOSE GREGORIO GONZALEZ, hasta la Medicatura Forense, a fin de que se le practique evaluación forense. Hágase lo Conducente. Cúmplase.
La Jueza Primera de Juicio,

Abga. Dulce Lobatón B.
La Secretaria del Tribunal,
Abga. Yomaira Palomo E.