REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

TRIBUNAL SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
DEL ESTADO ARAGUA, CON SEDE EN MARACAY
Maracay, (02) de Octubre del 2014.
204° y 155°

Admitidas como fueron las Pruebas Promovidas por los abogados Pedro Antonio Pérez Alzurutt y Fabiana Morin Lopez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 419 y 128.226, respectivamente, en sus caracteres de apoderados judiciales de las partes Recurrente y Recurrida y por cuanto dichas pruebas no requieren de su evacuación; este Tribunal Superior, suprime el lapso de evacuación de Pruebas. En consecuencia, de conformidad con el artículo 85 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, fija la oportunidad procesal para que tenga lugar el acto de informe a partir del día de hoy del 02 de Octubre del 2014, “Exclusive” fecha en que empieza a computarse el lapso (5) días de despacho para que las partes presenten los informes escritos, ello dentro de las horas destinadas para despachar, a saber desde las ocho y treinta antes meridiem (8:30 a.m.) hasta las tres y treinta post meridiem (3:30 p.m.).
La Juez Superior Titular.

Dra. Margarita García Salazar.

El Secretario Temporal,
Abog. Irving Reyes.





EXP N° DP02-G-2014-000124.-
MGS/IR.-