REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
Maracay, veinte (20) de Octubre de dos mil catorce (2.014).
204° y 155°

Recibido como ha sido el Expediente distinguido con el Nro. DE01-G-2007-000118 Numeración Antigua: 8.391, proveniente de la Sala Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, mediante Oficio signado bajo el Nro. CSCA-2014-0006427, de fecha 07 de Octubre de 2014, contentivo del recurso contencioso administrativo Funcionarial, interpuesto por el ciudadana VIVIANA CRISTINA QUERALES, titular de la cédula de identidad Nro. V- 8.164.963, contra la Alcaldía del Municipio Girardot del estado Aragua. Dicha remisión se efectuó, en virtud de la Sentencia dictada por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, en fecha 24 de septiembre de dos mil nueve (2.009), la cual declaró:
1.- QUE ES COMPETENTE para conocer el recurso de apelación interpuesto por la abogada Libia Briceño de Zambrano, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 1.739, actuando con el carácter de apoderada judicial de la ciudadana VIVIANA CRISTINA QUERALES, contra la sentencia de fecha 9 de julio de 2007, dictado por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Central, mediante el cual se declaró sin lugar el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO GIRARDOT DEL ESTADO ARAGUA.
2.-HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO presentado mediante diligencia de fecha 16 de abril de 2009, por la abogada Libia Briceño de Zambrano, actuando con el carácter de apoderada judicial de la querellante.
Este órgano jurisdiccional, en virtud de la declaratoria de la sentencia ordena darle entrada y registrar su REINGRESO en los Libros respectivos con las anotaciones correspondientes bajo el mismo número, por cuanto las partes se encuentran debidamente notificadas y la presente causa no amerita ninguna actuación procesal se ordena el cierre de las presentes actuaciones, su archivo definitivo y su posterior remisión al Archivo Judicial del Estado Aragua.
LA JUEZ SUPERIOR TITULAR,

DRA. MARGARITA GARCÍA SALAZAR.

LA SECRETARIA
ABG. SLEYDIN REYES.




Asunto Nro: DE01-G-2007-000118 -
Nº ANTERIOR: 8391
MGS/sarg