REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, CON SEDE EN MARACAY.
Maracay, Veintiuno (21) de Octubre dos mil catorce (2014).
204° y 155°
Vista la sentencia dictada en fecha 16 de septiembre de 2014, en el presente recurso contencioso administrativo de nulidad, intentado por el Municipio Sucre del estado Aragua, mediante su representante judicial, la ciudadana Sindico Procurador Municipal Enriqueta Graterol, contra la Sociedad Mercantil Promociones Becmar, C.A. Este Tribunal Superior, ordena la práctica por Secretaria el cómputo de los cinco (05) días de Despacho siguientes a que hace referencia el artículo 87 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, desde el día 13 de octubre de 2014 (exclusive) Fecha en la cual consta en autos la notificación realizadas al ciudadano Sindico Procurador del Municipio Sucre del estado Aragua, hasta el día 20 de octubre de 2014 (inclusive) Cúmplase.
LA JUEZ SUPERIOR TITULAR,
DRA. MARGARITA GARCIA SALAZAR.
LA SECRETARIA,
ABOG. SLEYDIN REYES.
Quien suscribe, ABOG. SLEYDIN REYES, Secretaria del Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo del Estado Aragua, HACE CONSTAR: Que del Libro Diario llevado por este Tribunal, se evidencia: Que los cinco (05) días de despacho, a que hace referencia el artículo 87 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, transcurrieron desde el día 13 de octubre de 2013 (exclusive), hasta el día 20 de octubre de 2014 (inclusive), a saber los días 14, 15, 16, 17 y 20 de octubre de 2014
LA SECRETARIA,
ABOG. SLEYDIN REYES.
Practicado como fue el cómputo por Secretaria se evidencia que desde el día 13 de octubre de 2013 (exclusive), hasta el día 20 de octubre de 2014 (inclusive), transcurrieron 05 días de Despacho, para que las partes ejercieran su recurso de Apelación, por lo que habiendo transcurrido el lapso previsto en el artículo 87 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, sin que se interpusiera recurso de apelación contra la decisión dictada por este Tribunal Superior en fecha 16 de septiembre de 2014, este Tribunal la declara definitivamente firme y en consecuencia ordena el cierre del presente expediente y su posterior remisión al Archivo Judicial Regional del estado Aragua. CUMPLASE.
LA JUEZ SUPERIOR TITULAR,
DRA. MARGARITA GARCÍA SALAZAR.
LA SECRETARIA,
ABG. SLEYDIN REYES.
Exp. No. DE01-G-2006-000058.-
N° Anterior: 7.757.-
MGS/SR/gavs.