REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
Maracay, Tres (03) de octubre de dos mil catorce (2014).
204° y 155°

Vista la consignación realizada por el ciudadano German Cansine, en su condición de Alguacil Titular de este Juzgado Superior, mediante la cual deja constancia de haber practicado la notificación dirigida a la ciudadana Carmen Auxiliadora Guillen Muñoz, titular de la cedula de identidad N° V- 631.929, mediante la cual se le notifica de la sentencia dictada por este Juzgado Superior en fecha 22 de mayo de 2008, en la que se declaro Consumada la Perención de la Instancia en el presente Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial; en consecuencia, Este Tribunal Superior ordena la práctica por Secretaria, el cómputo de los cinco (05) días de Despacho siguientes a que hace referencia el artículo 110 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, desde el día 23 de septiembre de 2014 (exclusive) Fecha en la cual consta en autos la notificación realizada a la ciudadana Carmen Auxiliadora Guillen Muñoz, hasta el día 01 de octubre de 2014 (inclusive) Cúmplase.
LA JUEZ SUPERIOR TITULAR,
DRA. MARGARITA GARCIA SALAZAR.

EL SECRETARIO TEMPORAL,

ABG. IRVING REYES.



Exp. No. DE01-G-2006-000142.-
ANTIGUO 7.996
MGS/IR/gavs.







Quien suscribe, ABOG. IRVING REYES, Secretario temporal del Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo del Estado Aragua, HACE CONSTAR: Que del Libro Diario llevado por este Tribunal, se evidencia: Que los cinco (05) días de despacho, a que hace referencia el artículo 110 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, transcurrieron desde el día 23 de Septiembre de 2014 (exclusive), hasta el día 01 de octubre de 2014 (inclusive), a saber los días 24, 25, 29, 30 de septiembre y 01 de octubre de 2014

EL SECRETARIO TEMPORAL,

ABG. IRVING REYES

Practicado como fue el cómputo por Secretaria se evidencia que desde el día 23 de septiembre de 2014, (exclusive), hasta el 01 de octubre de 2014 (inclusive), transcurrieron 05 días de Despacho, para que las partes ejercieran su recurso de Apelación, por lo que habiendo transcurrido el lapso previsto en el artículo 110 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, sin que se interpusiera recurso de apelación contra la decisión dictada por este Tribunal Superior en fecha 22 de mayo de 2008, este Tribunal la declara definitivamente firme y en consecuencia ordena el cierre del presente expediente y su posterior remisión al Archivo Judicial. CUMPLASE.


LA JUEZ SUPERIOR TITULAR,

DRA. MARGARITA GARCÍA SALAZAR.

EL SECRETARIO TEMPORAL,

ABG. IRVING REYES







Exp. No. DE01-G-2006-000142.-
ANTIGUO 7.996
MGS/IR/gavs.