Maracay, quince de octubre de dos mil catorce
204º y 155º
ASUNTO: DP11-N-2014-000070
PARTE RECURRENTE: FREDERICK ALEXANDER TOVAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.628.595. (NO COMPARECIO).-
ABOGADO ASISTENTE O APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE RECURRENTE: (NO COMPARECIO)
ACTO ADMINISTRATIVO RECURRIDO: Providencia Administrativa Nº 00015-14, de fecha 09 de Enero de 2014, emanado de la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Girardot, Mario Briceño Iragorry, Mariño, Francisco Linares Alcantara, Costa de Oro y Libertador del Estado Aragua, con sede en Maracay, en el cual se declaró Con Lugar la solicitud de Calificación de Falta, presentada por la entidad de trabajo KIMBERLY CLARK VENEZUELA, C.A.
BENEFICIARIO DE LA PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA: KIMBERLY CLARK VENEZUELA, C.A.-
APODERADO JUDICIAL DEL BENEFICIARIO DE LA PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA: ROGER VELASQUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 215.037.-
REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PÚBLICO: JELITZA BRAVO, titular de la cédula de identidad N° V-10.513.825, Fiscal 10° del Ministerio Público.-
MOTIVO: RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD.
En el día de hoy, Miércoles 15 de Octubre de 2014, siendo las 10:00 am, oportunidad legal, día y hora fijada para que tenga lugar la Audiencia de Juicio con motivo del RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD, incoara el ciudadano FREDERICK ALEXANDER TOVAR, titular de la cédula de identidad N° V-14.628.595, en contra de la Providencia Administrativa Nº 00015-14, de fecha 09 de Enero de 2014, emanado de la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Girardot, Mario Briceño Iragorry, Mariño, Francisco Linares Alcántara, Costa de Oro y Libertador del Estado Aragua, con sede en Maracay, en el cual se declaró Con Lugar la solicitud de Calificación de Falta, presentada por la entidad de trabajo KIMBERLY CLARK VENEZUELA, C.A. Se constituye el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en la Sala de Audiencias, presidida por el ciudadano Juez Abg. JUAN CARLOS BLANCO, con la asistencia de la Secretaria Abg. PERLA CALOJERO y el Alguacil Ciudadano YAJAIRA SANCHEZ, razón por la cual se abre la sesión y se da inicio a la Audiencia de Juicio. La Secretaria deja constancia que en la Sala de Audiencias NO se encuentra presente la PARTE RECURRENTE, ni personalmente ni por medio de representante judicial alguno, así como tampoco LA PARTE RECURRIDA, dejando constancia de la comparecencia del BENEFICIARIO DE LA PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA, a través de su apoderado judicial abogado en ejercicio ROGER VELASQUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 215.037, según consta de Instrumento Poder consignado en este acto, el cual realiza su exposición solicitando las consecuencia jurídicas por la no comparecencia de la parte recurrente; y se deja constancia igualmente de la comparecencia de la Representante del Ministerio Publico, por medio de la Fiscal 10° abogada en ejercicio YELITZA BRAVO, titular de la cédula de identidad N° V-10.513.825, la cual solicita las consecuencia jurídicas por la no comparecencia de la parte recurrente y solicita copia certificada de la presente acta. En este estado, el ciudadano Juez, con vista a la incomparecencia de la parte recurrente a la presente audiencia de juicio, resulta forzoso para este Juzgador Decretar en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, el DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO en la Presente causa, de conformidad con lo establecido en el artículo 82 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa. Así se Decide. Se deja constancia que el contenido de la presente acta es un resumen sucinto de los alegatos expuestos en el acto y que la presente audiencia de juicio fue reproducida por medios audiovisuales de conformidad a lo estipulado por el artículo 162 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Asimismo el técnico Audiovisual encargado de dicha reproducción audiovisual es el ciudadano CARLOS VELASQUEZ. El ciudadano Juez, acuerda la expedición de la copia certificada solicitada por la representación del Ministerio Público. Dándose por cerrado el presente acto hoy 15 de Octubre de 2014, siendo las 10:20 am. Es todo, concluyó, se leyó y conformes.-
EL JUEZ,
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JUAN CARLOS BLANCO
LA SECRETARIA
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PERLA CALOJERO
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