REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral del Estado Aragua
Maracay, veintitrés de octubre de dos mil catorce
204º y 155º

ASUNTO: DP11-L-2013-000226
PARTE ACTORA: ciudadanos LEWIN RAMON BORDONES PEREZ, OSWALDO ALEXANDER VIZCAYA PIRELA, OSMAR PEREZ, JOSE LISCANO, NELSON RAMIREZ, OSCAR YANEZ, JOSE BONACI, JULIO MATAMOROS, CARLOS MONSALVE y HELLER CARDENAS, cédula de identidad Nos. V-16.130.748, V-22.511.086, V-19.792.875, V-20.761.177, V-14.657.156, V-20.245.793, V-5.235.868, V-14.469.173, V-22.002.493, V-15.455.115, respectivamente.


ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: ALLAN RICO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 171.478.


PARTE DEMANDADA: ASOCIACION COOPERATIVA H&D R.L., SINOHYDRO S.A. y PDVSA REFINERIA EL PALITO

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA:
MOTIVO:

MOTIVO: Diferencia de preacciones sociales y otros conceptos.

En el día hábil de hoy jueves en la fecha arriba señalada, siendo las 10:00 a.m, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, siendo anunciada por el alguacil Angel Eseer, esta rectora hace constar que no se presento los ciudadanos LEWIN RAMON BORDONES PEREZ, OSWALDO ALEXANDER VIZCAYA PIRELA, OSMAR PEREZ, JOSE LISCANO, NELSON RAMIREZ, OSCAR YANEZ, JOSE BONACI, JULIO MATAMOROS, CARLOS MONSALVE y HELLER CARDENAS, cédula de identidad Nos. V-16.130.748, V-22.511.086, V-19.792.875, V-20.761.177, V-14.657.156, V-20.245.793, V-5.235.868, V-14.469.173, V-22.002.493, V-15.455.115, respectivamente, en su carácter de parte actora, ni por si ni por medio de su apoderado judicial alguno.

Al respecto, la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece en el artículo 130, parágrafo primero:
“El desistimiento del procedimiento solamente extingue la instancia, pero el demandante no podrá volver a proponer la demanda antes que transcurran noventa días continuos”