REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Vigésimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintitrés de septiembre de dos mil catorce
204º y 155º

ASUNTO : AP21-S-2014-001505
PARTE OFERIDA: ADRIANA MERCEDES RODRIGUEZ CARRASCO
APODERADOS DE LA PARTE OFERENTE: GILBERTO JORGE RODRIGUEZ Y GABRIELA LONGO VELASQUEZ: Inscritos en el I.P.S.A, bajo el numero: 79.081 y 130.518
PARTE OFERENTE:CITIBANK MERCADO DE CAPITALES C.A (CITIMERCA) ASESORA DE INVERSION Y CASA DE BOLSA.
MOTIVO: DESISTIMIENTO OFERTA REAL

Visto el escrito de fecha dieciséis (16) de septiembre de dos mil catorce (2014), suscrita por la abogado , GABRIELA LONGO VELASQUEZ inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el numero:130.518 , con facultades especiales para desistir, actuando como apoderada judicial de la parte OFERENTE, la empresa CITIBANK MERCADO DE CAPITALES C.A (CITIMERCA) ASESORA DE INVERSION Y CASA DE BOLSA. , carácter que consta en instrumento poder, mediante la cual DESISTE del procedimiento de oferta real de pago de prestaciones sociales, iniciado por su representada a favor del ciudadano ADRIANA MERCEDES RODRIGUEZ CARRASCO , titular de la cédula de identidad numero:V- 12.711.510. En consecuencia este Juzgado HOMOLOGA dicho desistimiento en los términos expuestos, de conformidad con lo establecido en el Art 263 y 265 del Código de Procedimiento Civil, aplicado analógicamente por el Art 11 de la Ley Orgánica procesal del Trabajo. Se ordena el cierre informático y archivo definitivo del presente asunto, una vez haya transcurrido el lapso legal para la interposición de los recursos de Ley.-.


El Juez

El Secretario

Abg. Beatriz Pinto
Abg. Alejandro Alexis