REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN LA VICTORIA
La Victoria, martes dieciséis (16) de septiembre de dos mil catorce (2014)
204º y 155º

ASUNTO PRINCIPAL: DP31-L-2014-00088
PARTE ACTORA: ciudadano JUAN CARLOS MEJIAS ESPAÑA, titular de la cedula de identidad Nº 17.715.052
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: SHIRLEY ABAD NOGUERA, inscrito en el Inpreabogado con el Nº 75.162
PARTE DEMANDADA: ENTIDAD DE TRABAJO CONSORCIO LINEA II C.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: ABG, AMANDA APARICIO VERDUGO inscrita en el Inpreabogado con el Nº 90.696,
MOTIVO: ENFERMEDAD OCUPACIONAL

En el día de hoy, martes dieciséis (16) de septiembre de dos mil catorce (2014), siendo las 02:00 p.m., oportunidad legal, día y hora fijado por este Tribunal, para que tenga lugar LA PROLONGACION DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR en la presente causa, se hizo el anuncio de Ley a las puertas del Tribunal y se declaro abierto el acto, Se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Prolongación de la audiencia Preliminar ni por si ni por medio de Apoderado Judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN LA VICTORIA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.
Dada, firmada y sellada en la sala de audiencias del Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en la ciudad de La Victoria, a los dieciséis (16) días del mes de septiembre del año dos mil catorce (2014). Años 203° de la Independencia y 154° de la Federación.
DIOS Y FEDERACION
LA JUEZA


ABG. AMPARO GUEDEZ.

EL SECRETARIO


Abg. GIOVANNI RUOCCO

AG/gr.