REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA

Turmero, 22 de septiembre de 2014.
204° y 155º

Visto el escrito de Medida de Protección Agraria y Ambiental, presentado el 16/09/2014, por el ciudadano, Juan Antonio Ortega, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 2.556.597, asistido por el Abogado en ejercicio José A. Castillo Suárez, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 7.210.067, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 30.911; con domicilio procesal, Asentamiento Campesino Muguerza, Sector Las Mercedes, Finca La Jehová, Municipio Tovar del estado Aragua; este Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, ADMITE a sustanciación la presente demanda de Medida de Protección Agraria y Ambiental, cuanto lugar en derecho se refiere, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley; estima esta Instancia Agraria fijar Inspección Judicial peticionada por el abogado de la parte solicitante, en el referido terreno, acompañado de prácticos a objeto de dejar constancia de lo que la parte actora solicita sobre los siguientes hechos [sic], que son del tenor siguiente:

“(…) a los efectos de proveer sobre la medida solicitada, pido se traslade y constituya en la dirección arriba indicada para que pueda comprobar la veracidad de los hechos que hemos narrado, entre otros: 1.- El área de terreno. 2.- Los linderos. 3.- El área productiva. 4.- La vía de acceso. 5.- El área afectada por las manos criminales que tiene como única vocación la urbanística. 6.- La bienhechurías. (…)”. (Cursivas de esta Instancia Agraria).

En consecuencia acuerda fijar la práctica de la misma para el día miércoles veintidós (22) de octubre de 2014, a las ocho y treinta de la mañana (08:30 a.m.) cuando se constituirá “in situ” este Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en el Asentamiento Campesino Muguerza, Sector Las Mercedes, Finca La Jehová, Municipio Tovar del estado Aragua. En consecuencia, se designa como práctico al ciudadano, PEDRO ELIAS RAMOS , venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.733.887, de profesión Ingeniero Agrónomo, el cual deberá manifestar la aceptación del cargo y se procederá a su correspondiente juramentación. Se acuerda oficiar a la Dirección Estadal Ambiental del estado Aragua, a fin de que nos asignen un experto, para que acompañe a este Juzgado Agrario en la práctica de dicha Inspección Judicial. Se acuerda oficiar al Instituto Nacional de Tierras del estado Aragua a los fines de que designe un técnico para que acompañe a este Juzgado a dicha Inspección. Se acuerda oficiar a la Secretaria Sectorial de Poder Popular para el Desarrollo Agrario de estado Aragua, a los fines de que designe un funcionario para que acompañe a este Juzgado a dicha Inspección. Se acuerda oficiar a la Policía del Municipio Tovar del estado Aragua, a objeto que preste la colaboración y asigne a dos (02) funcionarios para que acompañen a este Juzgado Agrario en la práctica de dicha Inspección Judicial. Se acuerda oficiar a la Dirección Administrativa Regional-Aragua, en el sentido de solicitar su colaboración para que facilite un vehículo para el traslado del Tribunal. Líbrese oficios y entréguesele al Alguacil para su cumplimiento.
La Jueza,

ABG. YOLIMAR HERNANDEZ FIGUERA.
El Secretario Temporal,

ABG. ANIBAL ORDAZ CAMPOS


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
El Secretario Temporal,
ABG. ANIBAL ORDAZ CAMPOS

Exp. Nº 2014-0111.
YHF/aoc/kbb.-