REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Maracay, 16 de Septiembre de 2014
204° y 155°

Por cuanto de la revisión efectuada a las actas procesales que conforman el presente expediente se observa:
Que en fecha 25 de Junio de 1992, fue presentado ante el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital con sede en Maracay, escrito contentivo del Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, interpuesto por los Ciudadanos Marcos Quinto Torres, Silvestre López Rodríguez y Rene Laya Bachur, titulares de las Cedula de Identidad Nº V-7.241.246, V- 4.550.161, V-9.268.197, respectivamente, procediendo en ese acto mediante Apoderada Judicial Marisol Plaza Irigoyen, inscrita en Inpreabogado bajo el Nº 14.044, contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO GIRARDOT DEL ESTADO ARAGUA.
En fecha 01 de Julio de 1992, el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, mediante auto admite la causa en cuanto ha lugar en derecho y ordeno librar las respectivas notificaciones.
En fecha 20 de diciembre de 1995, el Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la circunscripción Judicial de la Región Central, emite sentencia en la cual declara Con Lugar el Recurso de Querella Funcionarial.
En fecha 26 de enero de 1996, la Abogada Reina Méndez de Pereney apela de la decisión dictada por el antes mencionado Tribunal.
En fecha 26 de junio de 1996, La Corte Primera de lo Contencioso Administrativo declaro Desistida la Apelación interpuesta.
En fecha 01 de abril de 1997, el Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la circunscripción Judicial de la Región Central, declara definitivamente firme la Sentencia dictada en fecha 20 de diciembre de 1995.
Ahora bien a los fines de proceder al cierre y archivo de la presente causa; esta Juzgadora se aboca al conocimiento del presente recurso; y en virtud de la revisión a las actas procesales efectuada anteriormente, no consta en autos que la parte agraviante en el presente recurso, le haya dado fiel cumplimiento a la sentencia dictada por este Tribunal Superior en fecha 20 de Diciembre de 1995, mediante la cual declaro Con Lugar el Recurso de Querella Funcionarial interpuesto por los Ciudadanos Marcos Quinto Torres, Silvestre López Rodríguez y Rene Laya Bachur, titulares de las Cedula de Identidad Nº V-7.241.246, V- 4.550.161, V-9.268.197, respectivamente procediendo en ese acto mediante Apoderada Judicial Marisol Plaza Irigoyen, inscrita en Inpreabogado bajo el Nº 14.044, contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO GIRARDOT DEL ESTADO ARAGUA. Es por ello que este Juzgado Superior a los fines de garantizar la tutela judicial efectiva de las partes y en aras de una justicia expedita y eficaz de conformidad con el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ordena notificar a los Ciudadanos Marcos Quinto Torres, Silvestre López Rodríguez y Rene Laya Bachur, al Sindico Procurador del Municipio Girardot del Estado Aragua y al Director de Recursos Humanos del Municipio Girardot del estado Aragua., ordeno su notificación a los fines de que informen a este Despacho si efectivamente se dio fiel cumplimiento a la referida sentencia, así como la remisión en la oportunidad correspondiente al Archivo Regional Central del Estado Aragua. Cúmplase.-
LA JUEZ SUPERIOR TITULAR,
DRA. MARGARITA GARCIA SALAZAR.
EL SECRETARIO TEMPORAL
ABG. IRVING REYES

En esta misma fecha y conforme esta ordenado en el auto anterior se libraron los Oficios signados bajo los números ________________ y __________________

EL SECRETARIO TEMPORAL
ABG. IRVING REYES



MGS /IR.-
Exp. Nº: DE01-G-1992-000008.-
Numeración Antigua: 3712.-