REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
Maracay, 16 de septiembre de dos mil catorce (2014).
204 y 155°
Vista la sentencia dictada en fecha 11 de enero del 2000, por este Juzgado Superior en lo Civil, (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con sede en Maracay, estado Aragua, mediante la cual declaró Con Lugar la Solicitud de Amparo interpuesta por el ciudadano GIUSEPPE CARUSO, mediante su Apoderado Judicial, Abogado SUMNER JOSE BIEL MORALES , inscrito en el Inpreabogado bajo el número 22.203, contra decreto con rango y fuerza de ley de arrendamiento inmobiliarios de fecha 25 de octubre del 1999 distinguido con el numero 427 publicado en Gaceta Oficial De La Republica N° 36.845 en fecha 07 de diciembre de 1999.
Concatenado con lo anterior y de la revisión de las actas procesales constata este Despacho, que desde el 26 de enero 2000, no se realizo ninguna otra actuación en la presente causa, por parte del accionante, habiendo transcurrido al alrededor de 14 años sin actuación alguna tendientes a la activación del presente amparo, aunado al hecho de que decreto con rango y fuerza de ley de arrendamiento inmobiliarios de fecha 25 de octubre del 1999 distinguido con el numero 427 publicado en Gaceta Oficial De La Republica N° 36.845 en fecha 07 de diciembre de 1999 es por lo que este Tribunal Superior, en consecuencia, ordena el cierre y archivo del presente expediente. Cúmplase.
LA JUEZ SUPERIOR TITULAR,
DRA. MARGARITA GARCIA SALAZAR.
EL SECRETARIO,
ABOG. ABG IRVING REYES
ANTIGUO DE01-O-2000-0000013
ANTIGUO 5053
MGS/ir/mr