REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, CON SEDE EN MARACAY.
Maracay, 16 de septiembre de 2014.
204° y 155°
Vista la decisión dictada en fecha 16 de julio de 2014, vista asimismo las dirigencia suscrita por el ciudadano Joan Aponte, Alguacil de este Despacho, en fecha 05 de agosto de 2014, mediante la cual deja constancia de las notificaciones ordenadas a los ciudadano Alcalde y Síndico procurador del Municipio Girardot del Estado Aragua, ahora bien, por cuanto la decisión se dictó dentro de su lapso procesal, no ameritaba la notificación de las partes, es por lo que, se ordena computar por Secretaría el lapso de los días de Despacho transcurridos entre el día 05 de agosto de 2014, exclusive, hasta el día de Despacho anterior al de hoy, inclusive.
LA JUEZ SUPERIOR TITULAR,
DRA. MARGARITA GARCIA SALAZAR.
EL SECRETARIO,
ABOG. IRVING REYES
Quien suscribe, ciudadano abogado: IRVING REYES, Secretario Temporal del Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, HACE CONSTAR: Que desde el día 05 de agosto de 2014, exclusive, hasta el día 14 de agosto de 2014, inclusive, transcurrieron seis (06) días de Despacho, o sea los días: 06, 07, 11, 12, 13, 14 de agosto de 2014. Maracay, a los 16 de septiembre de 2014.
EL SECRETARIO,
ABOG. IRVING REYES
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, CON SEDE EN MARACAY.
Maracay, 16 de septiembre de 2014.
204° y 155°
Visto el cómputo practicado por Secretaría, en el cual se hace constar, que hasta la presente fecha inclusive, desde el día 05 de agosto de 2014, exclusive, han transcurrido más de los cinco (05) días de Despacho, establecidos para interponer el Recurso de Apelación, sin que la parte Recurrente haya hecho uso del mismo; este Tribunal Superior, en consecuencia declara Definitivamente Firme la Sentencia dictada por este Despacho, en fecha16 de julio de 2014, ordenándose el archivo del presente expediente y su posterior remisión al Archivo Judicial en su oportunidad.
LA JUEZ SUPERIOR TITULAR,
DRA. MARGARITA GARCIA SALAZAR.
EL SECRETARIO,
ABOG. IRVING REYES
Exp. No. DP02-G-2013-000081
MG/IR/mr