REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

TRIBUNAL SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, diecisiete (17) de Septiembre del año dos mil catorce (2014).
204° y 155°

Efectuada como fue la revisión de las actas procesales que conforman el presente expediente signado bajo el Nro. DE01-G-1994-000014 (4.252), contentivo del presente Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad conjuntamente con Acción de Amparo Constitucional, interpuesto por el ciudadano: Jorge Antonio Aguilera Rollins, venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad Nº V-3.851.350, mediante apoderado Judicial, contra La Gobernación Del Estado Aragua, se evidencia, que en fecha treinta y uno (31) de Octubre del año dos ocho 2.008, mediante auto se ordenó notificar a la parte recurrente a los fines de que manifieste su interés, en que este Tribunal Superior decida el presente proceso, es por ello que estando en la oportunidad procesal correspondiente, se libró boleta de notificación dirigida al ciudadano Jorge Antonio Aguilera Rollins.
Ahora bien por cuanto la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia en sesión de fecha 10 de diciembre de 2010, acordó el traslado de quien suscribe el presente auto, DRA. MARGARITA GARCÍA SALAZAR, como Juez de este Tribunal Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con sede en Maracay, Estado Aragua, del cual tomó posesión en fecha 17 de enero de 2011, con este carácter se aboca al conocimiento de la presente causa, en consecuencia este Tribunal Superior, considera pertinente dejar sin efecto la boleta de notificación de fecha 31 de Octubre de 2008; por consiguiente, se ordena librar nueva boleta notificación dirigido a Jorge Antonio Aguilera Rollins a los fines de que manifieste su interés. Cúmplase.-
LA JUEZ SUPERIOR TITULAR
DRA. MARGARITA GARCÍA SALAZAR.-
EL SECRETARIO TEMPORAL,
ABOG. IRVING REYES.
ASUNTO: DE01-G-1994-000014
Antiguo: 4252.
MGS/IR/DB