REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL, ESTADO ARAGUA.
Maracay, 17 de septiembre de 2014.
204° y 155°
Vista la sentencia dictada en fecha 11 de marzo del 2005, por el Juzgado Superior Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo, (hoy Juzgado Estadal Contencioso Administrativo), mediante la cual declaró INADMISIBLE El Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesto, por el ciudadanos MARIEMMA URBINA SEQUERA Y WILMA SILVA , mediante la cual se ordenó notificar a las parte de conformidad con lo establecido en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil; este Tribunal Superior, en consecuencia, a los fines de dar cumplimiento a lo ordenado en la antes mencionada sentencia, ordena en consecuencia librar el Oficio y Boleta de Notificación, a los fines de hacer de su conocimiento que este Juzgado Superior, dictó sentencia en la cual declaro Inadmisible el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesto, para que una vez que conste en autos la practica de la notificación ordenada, se dejen transcurrir los lapsos correspondientes. Líbrese Oficio y Boleta. Cúmplase.
LA JUEZ SUPERIOR TITULAR,

DRA. MARGARITA GARCÍA SALAZAR.
EL SECRETARIO,
ABOG. IRVING REYES.
En esta misma fecha y conforme está ordenado en el auto anterior, se libró la boleta de Notificación Respectiva y el oficio signado con el N°________________.
EL SECRETARIO,
ABOG. IRVING REYES.
.


Exp. No. DE01-G-2002-000040
ANTIGUO 5958
MG/ir/MR.