REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO


JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, CON SEDE EN MARACAY
Maracay, Veintinueve (29) de Septiembre de dos mil catorce (2014).
204° y 155°

Recibido como ha sido el Expediente distinguido con el Nro. DE01-G-2010-000260, Antiguo: 10.442, proveniente de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, con sede en la Ciudad de Caracas, Distrito Capital, mediante Oficio signado con el Nro. CSCA-2014-6176, de fecha dieciséis (16) de Septiembre de 2014, contentivo del Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, interpuesto por la ciudadana Evelyn Mercedes Daza Guevara, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 7.208.385, contra la Gobernación del Estado Aragua. Dicha remisión se efectuó, en virtud de la Sentencia dictada por la referida Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, en fecha ocho (08) de octubre de dos mil doce (2012), la cual declaró:
1.- SU COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación interpuesto por la ciudadana Evelin Mercedes Daza Guevara, debidamente asistida por la abogada Ana Tortolero Velásquez, contra el fallo definitivo dictado en fecha en fecha 11 de Julio de 2011, por el Juzgado Superior Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo del Estado Aragua que declaro Parcialmente Con Lugar el Recurso interpuesto contra la Gobernación del Estado Aragua.
2.- SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido.
3.- CONFIRMA el fallo dictado en fecha 11 de julio de 2011, por el Juzgado Superior Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua.
Ahora bien, en virtud de la declaratoria de la decisión dictada por la referida Corte Primera, este órgano jurisdiccional, ordena darle entrada y registrar su REINGRESO en los Libros respectivos con las anotaciones correspondientes bajo el mismo numero, igualmente se aboca al conocimiento de la presente causa; sean notificadas las partes y una vez que conste en autos las notificaciones, se procederá a su Continuación Judicial. Asimismo ordena se remita copia certificada de la decisión dictada en fecha 08 de Octubre de 2012, por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, con sede en la Ciudad de Caracas, Distrito Capital. Líbrense Boleta y Oficios. Cúmplase
LA JUEZ SUPERIOR TITULAR,
DRA. MARGARITA GARCÍA SALAZAR.
EL SECRETARIO TEMPORAL,
ABG. IRVING REYES.