REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
Maracay, 03 de Septiembre de 2014.
204° y 155°

Vista la sentencia dictada en fecha 21 de noviembre de 1991, por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, mediante la cual declaró con lugar la Apelación interpuesta por la parte recurrente, en la Solicitud de Amparo interpuesta por la ciudadana LEONARDA COROMOTO BLANCO JASPE, venezolana, titular de la cedula de Identidad NV-7.186.465, debidamente asistida de abogado, contra LA GOBERNACION DEL ESTADO ARAGUA.
Ahora bien de la revisión de las actas procesales constata este Despacho, que desde el 18 de abril de 1991, no se realizo ninguna otra actuación en la presente causa, por parte del accionante, habiendo transcurrido al alrededor de 20 años sin actuación alguna tendientes a la activación del presente amparo, es por lo que este Tribunal Superior, en consecuencia, ordena el cierre y archivo del presente expediente. Cúmplase.
LA JUEZ SUPERIOR TITULAR,
DRA. MARGARITA GARCIA SALAZAR.
EL SECRETARIO
ABOG. IRVING REYES



EXP. DE01-O- 1991-000001
ANTIGUO 3409
MGS/IR.-