REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral del Estado Aragua
Maracay, Jueves 23 de Abril del 2015.
204º y 155º
ASUNTO: DP11-L- 2014-000060.
ACTA
PARTE DEMANDANTE: Ciudadano TOMAS DAVID HERRERA SILVA, venezolano, mayor de edad , Cédula de Identidad Números 7.275.264 (NO COMPARECIO).-
ABOGADO APODERADO DE LA DEMANDANTE: Doctor LUIS HUMBERTO SÁNCHEZ HENRRIQUEZ , inscrito en el IPSA bajo el Número 57.938. (NO COMPARECIO)
PARTE DEMANDADA: “ZEPZA DE VENEZUELA, C.A.”.-
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA : - NO CONSTITUIDO.-
MOTIVO: ENFERMEDAD OCUPACIONAL.-
En el día hábil de hoy, Jueves 23 de Abril del 2015, siendo las 10:oo a.m.., oportunidad fijada para que tenga lugar la AUDIENCIA PRELIMINAR INICIAL en el presente juicio, se deja constancia de la incomparecencia de las partes demandantes al presente acto, ni por si, ni por medio de sus Representantes Legales , por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Décimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.- . Se cierra el presente acto a las 10:30 am.. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.-
LA JUEZA
VILMARIZ LUCERO CASTRO PAZ
LA SECRETARIA
ABOG. PERLA CALOJERO.
EXP. DP11-L-2014-000060.
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