REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO DE LOS ESTADOS ARAGUA Y CARABOBO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO ARAGUA CON SEDE EN MARACAY Y CON COMPETENCIA EN EL ESTADO CARABOBO
(204° y 156°)
Maracay, quince (15) de abril del año 2015
De la revisión exhaustiva realizada a las actas procesales que conforman el presente expediente signado bajo el número 2011-0044 (nomenclatura interna de este Juzgado), contentivo de Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesto por el profesional del derecho Johanán José Ruiz Silva, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-11.921.621, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 112.077, apoderado judicial –en su momento- de la Sociedad Mercantil Hacienda Torre Casa C.A., domiciliada en Caracas, Distrito Capital e inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y estado Miranda, en fecha 02 de febrero de 1996, bajo el número 20, Tomo 18-A Qto, contra el Acto Administrativo dictado en Sesión Nº 227-09, Punto de Cuenta Nº 372 por el Directorio del Instituto Nacional de Tierras (INTI) de fecha 17 de marzo de 2009; se observa que en fecha 04 de febrero del presente año este Juzgado Superior Agrario dictó decisión y a su vez libró boleta de notificación dirigida a la SOCIEDAD MERCANTIL HACIENDA TORRE CASA C.A (ver folio 359 de la segunda pieza principal); de allí que, en virtud del escrito presentado por el abogado Oswaldo Monagas Polanco venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-8.666.928, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 49.049, en su carácter de apoderado judicial de la ut supra mencionada Sociedad Mercantil, en el cual señala como único domicilio procesal la siguiente dirección: Avenida Ricaurte cruce con calle urdaneta, inmueble identificado con el Nº 5-22, en la ciudad de San Carlos, estado Cojedes, es por lo que este Juzgado acuerda librar exhorto dirigido al Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, a fin de que sea practicada la mencionada notificación. Cúmplase.
EL JUEZ
ABG. HÉCTOR A. BENÍTEZ CAÑAS
EL SECRETARIO
ABG. DANIEL SUÁREZ SERRANO
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado y se libro oficio correspondiente.
EL SECRETARIO
ABG. DANIEL SUÁREZ SERRANO
Exp. Nº 2011-0044
HBC/Dss/mn