REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Violencia contra la Mujer en función de Juicio de la Circunscripción Judicial del estado Monagas
Maturín, 10 de Abril de 2015
204º y 156º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-S-2013-000003
ASUNTO : NP01-S-2013-000003
Urgente
Visto el escrito consignado por la Defensora Pública Primera Encargada ABGA. ALBA OLIVEROS, donde expone que su representado el Ciudadano Acusado: MANUEL ALEJANDRO URAY FAJARDO, titular de la cédula de identidad V-17.910.371, nacido en Cumana, estado Sucre, en fecha 20/06/1983, de 29 años de edad, grado de instrucción primaria, u oficio Mecánico, Estado Civil: soltero, hijo de: Carmen Fajardo (V), y de Asdrúbal Uray (v), domiciliado en: Punta de Mata, sector Doña Berta, calle Chiquinquirá, casa 17, estado Monagas, teléfono 0414/8826424. procesado por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL previsto y sancionado en el Artículo 43 encabezamiento y primer aparte, VIOLENCIA FISICA previsto y sancionado en el articulo 42, encabezamiento y segundo aparte y ACOSO U HOSTIGAMIENTO previsto y sancionado en el articulo 40 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en perjuicio de la Ciudadana: VICTIMA: (identidad que se resguarda de conformidad con lo que establece la ley para la protección de víctima, testigos y demás sujetos procesales) quien informa que en el Internado Judicial se está presentado una situación irregular La Pica, que pone en riesgo el Juicio aperturado, y en consecuencia solicita el cambio del sitio de reclusión, situación que fue verificada por la defensora según expone en visita carcelaria en fecha 09-04-15. Visto lo manifestado por la defensora considera esta Operadora de Justicia lo esgrimido no desvirtúa su permanencia en el sitio de reclusión que le fuera acordado. En tal sentido se acuerda solicitas a la Defensoría que amplié la situación irregular que pone en peligro a su representado, y se pueda clarificar su contexto y así emitir un siguiente pronunciamiento. Líbrese notificación
JUEZA DE JUICIO
ABGA. IVIS RODRIGUEZ CASTILLO
SECRETARIA JUDICIAL
ABGA. GRACIELA CIRCELLIS