REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA
Turmero, 15 de abril de 2015
204º y 156°
Vista la decisión dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 17 de diciembre de 2014, la cual entre otras consideraciones declaró desistida la apelación ejercida el 12 de agosto de 2013 por la ciudadana LLOSIRI LLELISA RODRÍGUEZ MÉNDEZ, asistida por el abogado Richard Alexis Bernal León, quedando definitivamente firme la decisión dictada por este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria el 5 de agosto de 2013, la cual declaró la Confesión Ficta de la parte demandada y con lugar la demanda de acción posesoria de desocupación o desalojo de fundo incoada por el ciudadano ANDRÉS LUGO UTRERA; en este orden de ideas, acatando a la decisión anteriormente señalada y tomando en consideración lo establecido en el artículo 153 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, el cual permite al juez, bien de oficio o a instancia de parte, acordar en cualquier estado y grado del proceso, una audiencia de conciliación, como alternativa para la solución del conflicto, considera pertinente a los fines de exhortar a las partes intervinientes en el presente caso al cumplimiento voluntario del mismo, la cual tendrá lugar al quinto (5to) día de despacho siguiente a la consignación de la última boleta de notificación, a las diez treinta de la mañana (10:30 a.m.), para que comparezcan por ante esta Instancia Agraria. Líbrense boleta de notificación y entréguesele al Alguacil para su cumplimiento.
EL JUEZ,
ABG. LUÍS ABREU GUERRERO.
LA SECRETARIA,
ABG. KHYRSI PROSPERI QUINTANA.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
LA SECRETARIA,
ABG. KHYRSI PROSPERI QUINTANA.
Exp.Nº 2013-0045
LAG/kpq/mlm.-