REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA

Turmero, 08 de abril de 2015
204º y 156°

De la revisión exhaustiva de las actas que conforman el presente expediente, contentivo de una MEDIDA DE PROTECCIÓN AUTÓNOMA AGROALIMENTARIA, dictada en fecha 12/06/2014, cuya ejecución fue ratificada en fecha 17/12/2014, se observa que mediante oficio Nº 806, 807 y 808, se notificó a Distribuidora de Carnes ERR, General de Brigada Beltrán González y Gerente del Banco Mercantil (Sucursal Cagua), evidenciándose que las notificaciones fueron recibidos por dichas Instituciones en la misma fecha; es decir, el 12/01/2015; asimismo, el oficio Nº 808 no fue firmado debido a que la sucursal del Banco Mercantil se encontraba en remodelación, igualmente la Boleta de citación emitida al ciudadano José M. Sánchez, en su carácter de Gerente B.E.I. del Banco BBVA Provincial, con el fin de que comparezca a rendir su testimonio, debido a que no se encontraba al momento de practicar la citación, tal como consta de las consignaciones hechas por el Alguacil de esta Instancia Agraria en fecha 21/01/2015.
Ahora bien, por cuanto se evidencia que hasta la fecha no han sido consignadas las pruebas de informes solicitadas a Distribuidora de Carnes ERR, General de Brigada Beltrán González, Gerente del Banco Mercantil (Sucursal Cagua) y al ciudadano José M. Sánchez, en su carácter de Gerente B.E.I. del Banco BBVA Provincial, esta Instancia Agraria ratifica dichas solicitudes, acuerda notificar y oficiar a las personas naturales y jurídicas ya mencionadas para que sea remitida a esta Instancia Agraria dentro de los cinco (05) días de despacho a que conste en autos el recibo del presente oficio y las notificaciones respectivas, para dar su testimonio. Líbrese oficio, boleta de notificación y entréguesele al Alguacil para su cumplimiento.
EL JUEZ,

ABG. LUÍS ABREU GUERRERO
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,

ABG. MARÍA LARA MOLINA.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,

ABG. MARÍA LARA MOLINA.
Exp. Nº 2014-0067.
LAG/mlm/kbb.-