REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
Maracay, Catorce (14) de Abril del año dos mil quince (2.015).
204° y 156°
Vista la diligencia estampada en fecha 13 de Abril de 2015, por el ciudadano Abogado HECTOR CASTELLANOS AULAR, debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 54.939, actuando en este acto en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano DUILIO CASIMIRO NAVAS ROJAS, titular de la cedula de identidad Nº V- 7.245.966, en cual expone: “Vista como se encuentra firme la sentencia emanada de este Despacho en fecha 06 de Febrero de 2015, a fin de dar cumplimiento de la misma, es por lo que solicito muy respetuosamente a este Tribunal se sirva designar al experto que practicara la experticia complementaria del fallo…” En tal sentido este Juzgado entra a revisar las actas procesales y en efecto constata que en fecha 06 de Febrero de 2015 se dictó sentencia definitiva en la presente causa Nº DP02-G-2014-000162, en la cual se declaró Parcialmente Con Lugar el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, no obstante se libró Oficio Nº 169/2015, al ciudadano Sindico Procurador del Municipio Mario Briceño Iragorry del estado Aragua, sin que el mismo haya sido practicado. Por lo tanto, la parte actora no ha sido suficientemente diligente en dar impulso procesal para la materialización de dicha notificación, la cual se considera útil a los fines de la activación de los lapsos previstos en la Ley para la interposición de los recursos a que hubiera lugar contra la sentencia dictada; y toda vez que la referida sentencia aun no ha sido declarada definitivamente firme mal puede el diligenciante aludir a su ejecución o solicitar la designación de experto contable; y en consecuencia éste Juzgado Superior Estadal niega la solicitud efectuada y exhorta a realizar las gestiones con el ciudadano Alguacil. Es todo.-
LA JUEZ SUPERIOR TITULAR,
DRA. MARGARITA GARCIA SALAZAR.
LA SECRETARIA,
ABG. SLEYDIN REYES.
EXP. N° DP02-G-2014-000162.-
MGS/SR/ab.