REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
Maracay, 16 de Abril de 2015.
204° y 156°
Por recibido el oficio N° G 15-08222, de fecha 06 de abril del 2015, proveniente del FONDO DE PROTECCION SOCIAL DE LOS DEPOSITOS BANCARIOS, constante de un (01) folio útil; este Tribunal Superior, ordena agregar a los autos formando folios útiles el referido oficio.
Ahora bien, y estando dentro de la oportunidad legal para dictar sentencia, en la presente causa, esta juzgadora, revisados como fueron las actas procesales así como el Oficio recibido del FOGADES, no se desprende a quien le corresponde el inmueble con la siguiente descripción:
Inscripción Catastral N° 147-779, de fecha 17 de mayo de 2010, Código Catastral 01-05-03-07-0-008-001-000-000-147-779, la cual fue deja sin efecto mediante la Resolución 006/2012, de fecha 27 de julio del 2012, partencia a un inmueble ubicado en la Urbanización San Miguel, Calle Tariba, Lote 49 S/N, perteneciente a ciudadano LUIS ALBERTO FERREGOTTO MARRERO, titular de la cédula de identidad número 9.438.651, cuyo linderos son Norte Terreno Baldío, Sur con Inmueble que es de Rogelio Alejandro Colmenares Fuente, Este con inmueble de auto servicios Mariños Oeste con Calle Tariba que es su frente.
Adicionalmente se observa que existe un lote de terreno propiedad del FONDO DE GARANTIA DE DEPOSITO Y PROTECCION BANCARIO (FOGADES), ubicado en la calle tariba Urbanización San Miguel, parroquia Andrés Eloy Blanco, cuyos linderos son: Norte Canal de Agua Pluvial. Sur: Pedro Marcano. Este Inmueble de la Av. Mariño N° 76,76- A, 76”C” y Geny Núñez, Oeste Calle Tariba (SF) y Residencia Primavera, considerando necesario e imprescindible este Juzgado a los fines de garantizar la efectiva tutela de los derechos constitucionales de ambas partes y emitir un pronunciamiento ajustado a derecho en el caso de autos, apertura una articulación probatoria de conformidad con el artículo 40 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, a los fines de que GERENTE GENERAL DE ACTIVOS Y LIQUIDACIÓN DEL FONDO DE GARANTIA DE DEPOSITO Y PROTECCION BANCARIO (FOGADES), EL MUNICIPIO GIRARDOT DEL ESTADO ARAGUA, ASÍ COMO EL CIUDADANO LUÍS ALBERTO FERREGOTO, presenten argumentos con relación a los siguientes inmuebles:
Ubicado en la Urbanización San Miguel, Jurisdicción del Municipio Girardot del Estado Aragua, Ubicado dentro de los siguientes linderos son Norte Terreno Baldío, Sur con Inmueble que es de Rogelio Alejandro Colmenares Fuente, Este con inmueble de auto servicios Mariños Oeste con Calle Tariba que es su frente.
Ubicado en la calle tariba Urbanización San Miguel, parroquia Andrés Eloy Blanco, cuyos linderos son: Norte Canal de Agua Pluvial. Sur: Pedro Marcano. Este Inmueble de la Av. Mariño N° 76,76A1, 76”C” y Geny Núñez, Oeste Calle Tariba (SF) y Residencia Primavera.
A los fines de que este Juzgado, pueda determinar a quien le corresponde la propiedad, y de ser necesario Reponer la causa o dictar una sentencia ajustada a derecho; dado que el Municipio Girardot del estado Aragua, nada señaló a este Juzgado con relación al lote de Terreno Perteneciente al FONDO DE GARANTIA DE DEPOSITO Y PROTECCION BANCARIO (FOGADES),
Ahora bien, este Juzgado Superior, de conformidad con lo establecido en el artículo 40 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, resolverá dentro de los tres (03) días de despacho a que conste en autos la última de las notificaciones ordenadas, a menos que haya necesidad de esclarecer algún hecho, caso en el cual ordenará la apertura de una articulación probatoria por ocho (08) días de despacho, para lo cual ordena la notificación de todas las partes intervinientes mediante Boleta y Oficio. Líbrense la Boleta y los Oficios.
LA JUEZA SUPERIOR TITULAR,
DRA. MARGARITA GARCÍA SALAZAR
LA SECRETARIA,
ABG. SLEYDIN REYES.
Exp N° DP02-G-2013-000059
MGS/SR/mr.