REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 22 de Abril de 2015
205° y 156°

Vista el acta de Audiencia de Juicio de fecha 21 de Abril de 2015, efectuada en la presente causa signado con el N° DP02-G-2015-000022, contentivo del Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesto por la ciudadana BELEN HERMINIA HERRERA REIMI, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 334.008, contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO FRANCISCO LINARES ALCÁNTARA DEL ESTADO ARAGUA; oportunidad en la cual la Representación del Ministerio Público, ciudadana Fiscal Décimo Yelitza Coromoto Bravo Rojas, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 10.513.825, solicitó la notificación de los Voceros del Consejo Comunal La Esperanza, y del Director o encargado de la Oficina de Catastro del Municipio Francisco Linares Alcántara del Estado Aragua. En tal sentido, éste Juzgado Superior Estadal atendiendo al principio de la participación popular, reconocido en el artículo 62 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el Artículo 10 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, referente a la intervención de los consejos comunales en aquellos asuntos en los que estén involucrados, acuerda lo solicitado y en consecuencia ordena librar Boleta de Notificación y Oficio, respectivamente, al Presidente y demás voceros del Consejo Comunal La Esperanza, y al Director o Jefe encargado de la Oficina de Catastro del Municipio Francisco Linares Alcántara del Estado Aragua. Igualmente, éste Órgano Jurisdiccional considera ajustado a derecho ordenar la notificación bajo Oficio del Director de la Dirección de Infraestructura y Proyectos de la Oficina Municipal de Planeamiento Urbano del Municipio Francisco Linares Alcántara del Estado Aragua. Tales notificaciones son necesarias a los fines de que los ciudadanos mencionados comparezcan a éste Tribunal y tenga conocimiento de las actuaciones efectuadas en el expediente, especialmente del auto donde se fije la oportunidad para la continuidad de la Audiencia de Juicio. Asimismo en la cual podrá exponer sus alegatos. Así, se informa que dicho auto será dictado al día de despacho siguiente a que conste la práctica de las notificaciones libradas. Líbrese Oficio. Cúmplase. Es todo.-
LA JUEZA SUPERIOR TITULAR,
DRA. MARGARITA GARCÍA SALAZAR.
LA SECRETARIA TITULAR,
ABG. SLEYDIN REYES
EXP. DP02-G-2015-000022
MGS/SR/JH