REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, Veinticuatro (24) de Abril de 2015
205° y 156°
Visto que durante la celebración de la Audiencia Oral celebrada en la presente causa (N° DP02-G-2015-000030), según acta de fecha 23 de Abril de 2015, las partes comparecientes y/o sus apoderados judiciales delataron hechos estrechamente relacionados con el objeto de la demanda de Abstención o Carencia, interpuesta por la ciudadana BELEN HERMINIA HERRERA, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 334.008, entorno a la arteria vial denominada Av. Generalísimo Francisco de Miranda, del Municipio Francisco Linares Alcántara, y dado que la ciudadana Fiscal Décimo del Ministerio Público en el Estado Aragua, consideró y solicitó la apertura de una articulación probatoria. Éste Juzgado Superior Estadal apertura el lapso de los ocho (08) días previsto en el Artículo 40 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, el cual se computará a partir de la presente fecha (exclusive). Asimismo, se le advierte a las partes que una vez vencido dicho lapso se procederá a emitir la decisión respectiva sobre la presente incidencia, en atención a lo indicado en el artículo antes mencionado. Es todo.-
LA JUEZA SUPERIOR TITULAR,
DRA. MARGARITA GARCÍA SALAZAR.
LA SECRETARIA TITULAR
ABG. SLEYDIN REYES
Exp. N° DP02-G-2015-000030
MGS/SR/jh