REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, veintiocho (28) de Abril de dos mil Quince (2015).
204° y 156°


Vista la diligencia suscrita por el ciudadano Pablo Manuel Rangel Mejias, debidamente asistido por su Apoderada Judicial la ciudadana Graciela Seijas, diligencia mediante la cual desiste del procedimiento solo en lo que respecta en el punto 1 y 2 del petitorio contencioso en el escrito libelar del presente Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, incoado por el ciudadano Pablo Manuel Rangel Mejías, contra la Alcaldía del Municipio Mario Briceño Iragorry del estado Aragua; este Tribunal en aras de salvaguardar el debido proceso y el derecho a la defensa, en su función mediadora, de conformidad con lo instituido en la Constitución patria y en la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativo, en aplicación de los medios alternos de Resolución de conflictos, fija Audiencia de Resolución de Controversia para que al quinto (5to) día de Despacho siguiente, a las dos y quince (02:05) minutos post meridiem.
LA JUEZ SUPERIOR TITULAR,


DRA. MARGARITA GARCIA SALAZAR.


LA SECRETARIA,


ABOG. SLEYDIN REYES.





Exp. Nº DP02-G-2015-000016
MGS/SR/ab