REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
Maracay, Veintinueve (29) de Abril del año dos mil quince (2015).
204° y 156°
Vista la diligencia estampada en fecha 29 de Abril de 2015 por la ciudadana abogada KELYS ALCALA KEY, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 40.192, en la cual solicito al Tribunal, se realice una Experticia complementaria del fallo a los fines de cumplimiento de lo ordenado en los numerales tercero, del definitivo de esta sentencia, lo cual fue acordado por este Juzgado y que se fijaría por auto separado; este Tribunal a los fines de de darle cumplimiento a lo ordenado en la presente diligencia, así como a la sentencia dictada por este Despacho, que ordenó la designación de la Experto Contable a los fines de la determinación los emolumentos a cancelar; de conformidad con lo establecido en el artículo 455 del Código de Procedimiento Civil, designar a la ciudadana: GLADYS SANDOVAL, colegiada bajo el Nro. C.P.C., 28.450; a quien se ordena notificar mediante Boleta, a los fines de que, en caso de aceptar, preste el juramento legal dentro de los tres (03) días de despacho siguientes a su notificación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 249 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese la Boleta correspondiente.

LA JUEZ SUPERIOR TITULAR,

DRA. MARGARITA GARCÍA SALAZAR.


EL SECRETARIO TEMPORAL


ABOG. IRVING REYES






Exp. No. DP02-G-2014-000054
MGS/ IR/ef