REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
Maracay, 09 de Abril de 2015
204° y 156°
Por cuanto se hace necesario hacer un examen exhaustivo a las actas procesales que conforman el presente Expediente signado con el N° DP02-G-2014-000189, para poder emitir un pronunciamiento ajustado a derecho y siendo que a juicio de quien decide la regla es que las sentencias pueden diferirse por una sola vez, a tenor de lo previsto en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, aplicable al caso de autos por remisión expresa del artículo 111 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, en consecuencia; este Juzgado Superior, DIFIERE el dispositivo del fallo en el presente recurso contencioso administrativo funcionarial, para dentro del lapso de CINCO (05) días de despacho siguientes al de hoy, exclusive, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 107 de la mencionada Ley del Estatuto de la Función Pública.
LA JUEZA SUPERIOR TITULAR,
DRA. MARGARITA GARCÍA SALAZAR
LA SECRETARIA,
ABG. SLEYDIN REYES
EXP. DP02-G-2014-000189
MGS/SR/jh