REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÒN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO ARAGUA CON SEDE EN LA VICTORIA
La Victoria, 12 de Agosto de 2015
205º y 156º


N° De Expediente: Dp31-L-2015-000127
Parte Actora: YILFRAN CASTILLO
Abogado Apoderado De La Parte Actora: NO COMPARECIÓ
Parte Demandada: SERVICIO PROEXIPLAST 2009 C.A.
Abogado De La Parte Demandada:
Motivo: ACCIDENTE DE TRABAJO

En el día de hoy 12 de Agosto de 2015, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), día y hora fijado para que tenga lugar LA AUDIENCIA PRELIMINAR en la presente causa, se hicieron tres (3) anuncios de Ley a las puertas del Tribunal en presencia del ciudadano juez y se declaró abierto el acto, dejándose constancia de la con comparencia de las partes intervinientes en la presente causa, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno. En este estado el ciudadano Juez LUEGO DE HABER TRANSCURRIDO UN LAPSO DE ESPERA PRUDENCIAL DE 10 MINUTOS, y observando la persistencia de la incomparecencia de las partes declara DESISTIDO el procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dando por terminada la presente causa; siendo homologado de conformidad con el artículo 133 ejusdem, así mismo se ordena el archivo y cierre del expediente una vez que haya transcurrido el lapso correspondiente para ejercer los recursos legales. Es todo. Terminó. Se leyó y conformes firman. Dándose por cerrado el acto a las diez y diez de la mañana (10:10 a.m.) del día de hoy. Se realizan dos (2) ejemplares a un mismo tenor y a un solo efecto. Es todo.
EL JUEZ,
SERVIO O. FERNÁNDEZ ROJAS.





LA SECRETARIA,
JUBELY FRANCO