REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 03 de Agosto de 2015.
205° y 156°
DEMANDANTE: ciudadano MARTIN JOSE GONZALEZ ACOSTA, Venezolano, Mayor de Edad, titular de la Cédula de Identidad N° 4.567.043.
Abogado Asistente: Abogada en Ejercicio MARY QUEVEDO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 182.277
DEMANDADO: ciudadana MARTIN JOSE GONZALEZ ACOSTA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y cédula de identidad N° V-5.280.928
Defensora Judicial: abogada MARGHORY MENDOZA, inscrita en el inpre abogados Nro. 78.802.
MOTIVO: DIVORCIO.
EXPEDIENTE: 14.969
En el día de hoy, tres (03) de Agosto de Dos Mil Quince (2015), siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar el Primer Acto Conciliatorio en el presente juicio de Divorcio, al efecto se anunció dicho acto a las puertas del Tribunal y no habiendo comparecido al mismo, el ciudadano MARTIN JOSE GONZALEZ ACOSTA, arriba identificado, en su carácter de parte actora en la presente causa; este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, declara EXTINGUIDO el procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 756 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.
Por otro lado, se deja expresa constancia de la comparecencia en este Acto de la Fiscal Trece del Ministerio Publico del Estado Aragua, en materia de familia abogada MORELIA SALAZAR. Se ordena el archivo del expediente en la oportunidad legal correspondiente. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ TITULAR,
RAMÓN CAMACARO PARRA.
EL SECRETARIO,
ABG. ANTONIO HERNÁNDEZ ALFONZO.
LA FISCAL 13° DEL MINISTERIO PÚBLICO
RCP/AHA/lr.-
EXP. N° 14.969.-
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