REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, diez (10) de diciembre de dos mil quince (2015)
205º y 156º
ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2015-002734
PARTE ACTORA: YELITZA GUILLEN
PARTE DEMANDADA: INVERSIONES SOATEX, C.A.
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA FR PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS.
Hoy 10 de diciembre de 2015, día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, se anuncio dicho acto con las formalidades de ley, compareciendo a la misma la ciudadana YELITZA GUILLEN, ampliamente identificada debidamente asistida por la abogada Procuradora del trabajo, MARIA CORREA, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 89.525, conforme consta de poder inserto a los autos, y por la parte demandada INVERSIONES SOATEX, C.A, compareció el ciudadano JOSE ALBERTO DEOMAN, titular de la cedula de identidad numero 11.411.136, en su condición de gerente, sin estar asistido o debidamente representado por abogado, seguidamente en este estado interviene la parte actora ampliamente identificada en autos a os fines de manifestar que Desiste del presente procedimiento, y solicita la homologación del desistimiento; en consecuencia, este Tribunal vista la manifestación de voluntad de la parte actora, este Tribunal, le imparte la homologación con autoridad de cosa juzgada de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil y da por terminado el presente procedimiento y ordena el archivo del expediente una vez transcurrido los lapsos para el ejercicio de los recursos. Es todo.
La Jueza
Abg. Carolina Chakian Mayarllan.
La Secretaria
Abg. Sirley Bracho.-
Los Presentes.
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