REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LOS ESTADOS MONAGAS Y DELTA AMACURO
Maturín, 01 de Diciembre de 2015
205º y 156º
Vista las anteriores actuaciones y de conformidad con lo establecido en el artículo 97 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, y por cuanto se evidencia que la Procuraduría General de la República fue notificada, el 03 de Junio de 2015, tal como se evidencia al folio cincuenta (52), del presente expediente; es por lo que se suspende la presente causa por un lapso de treinta (30) días continuos, contados a partir del día siguiente al presente auto.
El Juez,
LEONARDO JIMÉNEZ MALDONADO.
El Secretario
JHON WILMER MENDEZ
Exp. Nº 0071-2013.
LJM/jwm/fernando