REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA COORDINACIÓN LABORAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, dieciocho de diciembre de dos mil quince
205º y 156º
ASUNTO: DP11-L-2013-000255
PARTE ACTORA: ciudadano OSCAR EDAURDO RIVEROS HERNANDEZ, cédula de identidad No.V-22.685.063.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: MAO SANTIAGO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No.79.984.
PARTE DEMANDADA: METRO SHOP 3000 C.A.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: JORGE REINA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No.224.108.
MOTIVO: Prestaciones sociales y otros conceptos.
En el día hábil de hoy viernes, en la fecha arriba señalada, siendo las 11:20 de la mañana, comparecen voluntariamente por la parte actora el ciudadano MAO SANTIAGO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No.79.984, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano OSCAR EDAURDO RIVEROS HERNANDEZ, cédula de identidad No.V-22.685.063, como se evidencia del poder inserto al folio 8 de los autos y por la entidad de trabajo METRO SHOP 3000 C.A comparece JORGE REINA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No.224.108, tal como consta del instrumento poder inserto al folio 21 del expediente. En este estado ambas partes solicitan celebrar audiencia conciliatoria en etapa de ejecución de sentencia para hacer uso de los medios alternativos de solución de conflictos como es la mediación y materializar lo sentenciado por el Tribunal Primero de Juicio y la sumatoria del monto indexado e intereses de mora. La Juez, verificada la cualidad de las partes, acuerda lo peticionado y declaro abierto el acto. En este estado, las partes manifiestan que el monto resultante es la cantidad de 12.799,59 los cuales son pagados en este acto a la parte actora, mediante cheque identificado con el No. 23848719 de la cuenta corriente No.01340219102191046579 emitido contra el Banco BANESCO de fecha 15-12-2015, se anexa copia del instrumento mercantil; el ciudadano MAO SANTIAGO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No.79.984, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano OSCAR EDAURDO RIVEROS HERNANDEZ, cédula de identidad No.V-22.685.063 manifiesta que esta de acuerdo con el monto sentenciado y recibe en este acto el cheque antes identificado.
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