REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA COORDINACIÓN LABORAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, cuatro de diciembre de dos mil quince
205º y 156º
ASUNTO: DP11-L-2014-000184
PARTE ACTORA: JUAN CARLOS YEPEZ PEREZ, cédula de identidad Nº V- 10.964.750.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: BETTY TORRES, inscrita en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el No.13.047.
PARTE DEMANDADA: Entidad de Trabajo INVERSIONES TIO CARLOS C.A.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: PETER CASTILLO, inscrito en el Inpreabogado bajo los No. 121.663.
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS
En el día hábil de hoy viernes, en la fecha arriba señalada, siendo las 3:00 de la tarde, comparecen voluntariamente por la parte actora la ciudadana BETTY TORRES, inscrita en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el No.13.047, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano JUAN CARLOS YEPEZ PEREZ, cédula de identidad No. V- 10.964.750, como se evidencia del instrumento poder inserto al folio 8 de la primera pieza y por la entidad de trabajo INVERSIONES TIO CARLOS C.A comparece PETER CASTILLO, inscrito en el Inpreabogado bajo los No. 121.663, tal como consta del instrumento poder que consta a los autos al folio 19. En este estado ambas partes solicitan celebrar audiencia conciliatoria en etapa de ejecución de sentencia para hacer uso de los medios alternativos de solución de conflictos como es la mediación y materializar lo sentenciado por el Tribunal Superior Segundo y la sumatoria del monto indexado e intereses de mora. La Juez, verificada la cualidad de las partes, acuerda lo peticionado y declaro abierto el acto. En este estado, las partes manifiestan que el monto resultante es la cantidad de 1.466.856,95 los cuales serán pagados en dos partes entregando en este acto a la apoderada judicial BETTY TORRES, inscrita en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el No.13.047, la cantidad de Bs.733.428,47, mediante dos cheques identificados con los Nos. 74989999 por Bs.513.399,95 y cheque No.00990000 por Bs.220.028,55 de la cuenta corriente No.01040135630135023159 emitido contra el Banco Venezolano de Crédito de fecha 4-12-2015, se anexan copias del instrumento mercantil y el saldo de Bs.733.428,47 más Bs.19.648,55 de intereses de mora a la fecha 31/1/2016 a la tasa del 17,86% serán pagados el día viernes 29 de enero 2016; quien manifiesta que esta de acuerdo con el monto sentenciado y recibe en este acto los cheques antes identificados que se corresponden al 50 % del monto arrojados por los intereses e indexación, quedando pendiente el saldo restante a cancelar.
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