REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DECIMO PRIMERO (11°) DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL
LABORAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 09 de Enero de 2.015
202° y 153°
ACTA
Asunto: DP11-L-2014-000845.
PARTE ACTORA GABRIEL MARCANO, titular de la Cédulas de Identidad Nros. V- 13.518.991
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: DURGA OCHOA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 85.799.
PARTE DEMANDADA: MANUFACTURAS DE PAPEL C.A (MANPA)
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: IVAN RIVERO SOSA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 94.178
MOTIVO ACCIDENTE LABORAL
En horas de despacho del día de hoy, viernes nueve (9) de Enero de 2015, siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente asunto, se hizo el anuncio de Ley a las puertas del tribunal y se declaro abierto el acto, comparece en este por la demandada MANUFACTURAS DE PAPEL C.A (MANPA) , el profesional del derecho IVAN RIVERO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 94.178, cuya cualidad acreditan mediante poder que consigna en este acto; mientras que por el ciudadano GABRIEL MARCANO, parte actora, no compareció ni por si ni mediante apoderado judicial, de cuya circunstancia se deja expresa constancia. Verificada como ha sido la no asistencia de la parte demandada al acto de instalación de la audiencia preliminar, supuesto este que configura el efecto previsto en el articulo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, Desistimiento del Procedimiento y Terminado el Proceso, el cual es declarado por esta instancia en nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman
EL JUEZ,
DR. PEDRO ROMAN MORENO.
POR LA PARTE DEMANDADA.
EL SECRETARIO
ABG. HAROLYS PAREDES.
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