REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LOS ESTADOS MONAGAS Y DELTA AMACURO
Maturín, 13 de Enero de 2015.
204º y 155º
Vista las anteriores actuaciones y de conformidad con lo establecido en el artículo 96 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, y por cuanto se evidencia que la Procuraduría General de la República fue notificada, el 30 de Octubre de 2014, tal como se evidencia al folio ciento dieciséis (116), del presente expediente; es por lo que se suspende la presente causa por un lapso de noventa (90) días continuos, contados a partir del día siguiente al presente auto.
El Juez,
LEONARDO JIMÉNEZ MALDONADO.
La Secretaria Accidental,
YOLBIS CENTENO RAMOS
Exp: N° 0343-2014
LJM/mlv/Hernán