REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LOS ESTADOS MONAGAS Y DELTA AMACURO
Maturín, 20 de Enero de 2015
204º y 155º
Vista las anteriores actuaciones y en mi condición de Juez de este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los estados Monagas y Delta Amacuro con competencia transitoria en los estados Nueva Esparta, Sucre, Anzoátegui y Bolívar; Me aboco de oficio al conocimiento del presente asunto, ordenándose la notificación del ciudadano ENRRI DE JESÚS GONZÁLEZ BRAVO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-8.965.912, y/o sus apoderadas judiciales los ciudadanos JOSÉ CALAZAN NOTARO ZAMBRANO y BALBINO EDUARDO DE ARMAS AYALA venezolanos, titulares de la cédula de identidad Nº V.- 4.851.477 y V.- 8.461.750, abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nº 18.970 y 65.745, respectivamente, con domicilio procesal, Fundo La Esperanza, sector Socorro, El Pao, Municipio Francisco de Miranda del estado Anzoátegui (parte demandante), y al JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SIMÓN RODRÍGUEZ, GUANIPA, FRANCISCO DE MIRANDA Y JOSE GREGORIO MONAGAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, (parte demandada), informándole que una vez que conste en autos la ultima de las notificaciónes y transcurridos los diez (10) días de Despacho previstos en el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, más cuatro (4) días que se le concede como término de la distancia y una vez vencido esto comenzará a correr el lapso previsto en el artículo 90 eiusdem, y vencido el mismo sin que hubiese hecho uso de tal derecho, la causa se reanudará en el estado que se encuentra, para lo cual se ordena librar boletas de notificación, despacho de comisión y oficio.
El Juez,
LEONARDO JIMÉNEZ MALDONADO.
La Secretaria,
MARIA LUISA VELANDIA.
En esta misma fecha, se cumplió con lo ordenado en el auto anterior, conste.
La Secretaria,
MARIA LUISA VELANDIA.
Exp. N° 0249-2013
LJM/MLV/Hernán-