REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LOS ESTADOS MONAGAS Y DELTA AMACURO
Maturín, 22 de Enero de 2015
204º y 155º
Vista las anteriores actuaciones y en mi condición de Juez de este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los estados Monagas y Delta Amacuro con competencia transitoria en los estados Nueva Esparta, Sucre, Anzoátegui y Bolívar; Me aboco de oficio al conocimiento del presente asunto, ordenándose la notificación del ciudadano CARLOS LEONIDAS JIMÉNEZ RAMOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.372.709, (parte demandante), con domicilio en el fundo “La Santísima Trinidad”, ubicado en el Asentamiento Campesino Barbacoa II, Sector Pica el Toco, Parroquia San Cristóbal, Municipio Simón Bolívar del Estado Anzoátegui, y/o su apoderado judicial RAMON LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 3.440.515, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 38.146, al INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS en la persona de su presidente, y/o a sus apoderados judiciales,(parte demandada), al PROCURADOR GENERAL DE LA REPUBLICA, al FISCAL SUPERIOR DEL MINISTERIO PUBLICO DEL ESTADO ANZOATEGUI, al DEFENSOR DEL PUEBLO DEL ESTADO ANZOATEGUI, al ciudadano JAVIER CALDERON, en su carácter de Coordinador de la Oficina Regional de Tierras del Instituto Nacional de Tierras, Barcelona Estado Anzoátegui, a la ciudadana ZAIRA PALOMO ORTA en su carácter de Consultor Jurídico de la Oficina Regional de Tierras del Instituto Nacional de Tierras, Barcelona Estado Anzoátegui, al ciudadano FREDDY ZERPA en su carácter de Coordinador del Área Técnica de la Oficina Regional de Tierras del Instituto Nacional de Tierras, Barcelona Estado Anzoátegui, a la ciudadana SORAYA SALAZAR en su carácter Inspectora Agraria de la Oficina Regional de Tierras del Instituto Nacional de Tierras, Barcelona Estado Anzoátegui y al ciudadano LUIS RODRIGUEZ, Sargento Primero de la Guardia Nacional, Jefe de la oficina enlace INTI-región Anzoátegui con sede en la Oficina Regional de Tierras del Barcelona Estado Anzoátegui, informándoles que una vez que conste en autos las notificaciones y transcurridos los diez (10) días de Despacho previstos en el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, más seis (6) días que se le concede como término de la distancia y una vez vencido esto comenzará a correr el lapso previsto en el artículo 90 eiusdem, y vencido el mismo sin que las partes hubieran hecho uso de tal derecho, comenzarán a correr los lapsos correspondientes. Líbrense oficios, boletas y despachos de comisión.
El Juez,
LEONARDO JIMÉNEZ MALDONADO.
La Secretaria,
MARIA LUISA VELANDIA
En esta misma fecha, se cumplió con lo ordenado en el auto anterior, conste.
La Secretaria,
MARIA LUISA VELANDIA
Exp. 0143-2013
LJM/MlV/fernando