REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LOS ESTADOS MONAGAS Y DELTA AMACURO

Maturín, 26 de Enero de 2015.
204º y 155º

Visto el oficio Nº 00001363, emanado de la Oficina Regional Centro Oriental de la Procuraduría General de la República y de conformidad con lo establecido en el artículo 97 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, y por cuanto se evidencia que la misma fue notificada, el 23 de Julio de 2014, tal como se evidencia al folio ocho (08) de la segunda pieza, del presente expediente; por una parte y por la otra, se evidencia que se encuentran vencidos los lapsos establecidos en el auto que riela al folio trescientos cincuenta y tres (353), de la primera pieza, del 02 de Julio de 2014; es por lo que se suspende la presente causa por un lapso de treinta (30) días continuos, contados a partir del día siguiente al presente auto.

El Juez,
LEONARDO JIMÉNEZ MALDONADO.

La Secretaria,
MARIA LUISA VELANDIA

Exp. Nº 0106-2013.
LJM/mlv/ar.-