EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA

Maracay, 12 de Enero de 2015

204º y 155º

Vista la solicitud de separación de cuerpos y bienes presentada por los ciudadanos FREDDYS ALBERTO GARRIDO CASTILLO y BELKYS FEREIRA DE GARRIDO, venezolanos, mayores de edad, conyugues, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-3.846.158 y V-3.747.959 respectivamente, debidamente asistidos por el Abogado HUGO PLAZA RODRIGUEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 15.028. Désele entrada en el libro correspondiente y fórmese el respectivo expediente bajo el N° 11.970-15, en consecuencia, SE DECRETA LA SEPARACIÓN LEGAL DE CUERPOS Y DE BIENES en los términos expuesto en la solicitud, de conformidad con lo preceptuado en el Parágrafo Primero del artículo 762 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo dispuesto en lo dispuesto en los artículos 189 y 190 del Código Civil.
EL JUEZ PROVISORIO


RAUL ALEJANDRO COLOMBANI
LA SECRETARIA,



MARITZA ROJAS DE BOLIVAR



RAC/OS*
Exp. No. 11.970-15