REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÒN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO ARAGUA CON SEDE EN LA VICTORIA
La Victoria, 13 de febrero de 2015
204º y 155º

N° De Expediente: Dp31-L-2014-000170
Parte Actora: BEDA MONASTERIOS
Abogado Apoderado De La Parte Actora: NO COMPARECIÓ
Parte Demandada: PROCEADORA DE GRASAS NACIONALES C.A.
Abogado De La Parte Demandada: INGRID BOLIVAR inpreabogado Nº 94.461
Motivo: PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS

En el día de hoy 13 de febrero de 2015, siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), día y hora fijado para que tenga lugar LA AUDIENCIA PRELIMINAR en la presente causa, se hicieron tres (3) anuncios de Ley a las puertas del Tribunal en presencia del ciudadano juez y se declaró abierto el acto, compareciendo a la misma por la parte Demandada INGRID BOLIVAR inpreabogado Nº 94.461, se dejan expresa constancia que la parte actora no compareció ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno. En este estado el ciudadano Juez observando la incomparecencia de la parte actora declara DESISTIDO el procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dando por terminada la presente causa; siendo homologado de conformidad con el artículo 133 ejusdem, así mismo se ordena el archivo y cierre del expediente una vez que haya transcurrido el lapso correspondiente para ejercer los recursos legales. Es todo. Terminó. Se leyó y conformes firman. Dándose por cerrado el acto a las nueve y Veinte de la mañana (09:20 a.m.) del día de hoy. Se realizan tres (3) ejemplares a un mismo tenor y a un solo efecto. Es todo.
EL JUEZ,
SERVIO O. FERNÁNDEZ ROJAS.

LA PARTE DEMANDADA


LA SECRETARIA,
ARTURO CALDERON