REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





PODER JUDICIAL
TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN LA VICTORIA

La Victoria, miércoles veinticinco (25) de febrero de dos mil quince (2015)
204º y 155º

ASUNTO PRINCIPAL: DP31-L-2014-000154
ASUNTO: DP31-L-2014-000154
PARTE ACTORA: MEHBIL CARTAYA BLANCO, titular de la cédula de identidad Nº V- 21.253.260.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: ABG. GRISELYS RIVAS PEREZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el Nº 44.131.
PARTE DEMANDADA: ENTIDAD DE TRABAJO DIGITALIZACIONES 2010 C.A.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS.

En el día de hoy, miércoles veinticinco (25) de febrero de dos mil quince (2015), siendo las 09:00 A.m., oportunidad legal, día y hora fijado por este Tribunal, para que tenga lugar LA AUDIENCIA PRELIMINAR INICIAL en la presente causa, se hizo el anuncio de Ley a las puertas del Tribunal y se declaro abierto el acto, compareciendo a la misma la demandada, mediante su apoderado judicial ABG. EDDY MARQUEZ, inscrito en el Inpreabogado Nº 129.204, carácter que se evidencia de poder que consiga en este acto para que una vez verificado y certificado por la secretaria sea agregado al expediente, se deja expresa constancia que la parte actora MEHBIL CARTAYA BLANCO, titular de la cédula de identidad Nº V- 21.253.260, no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar Inicial, ni por si ni por medio de Apoderado Judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN LA VICTORIA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Dada, firmada y sellada en la sala de audiencias del Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en la ciudad de La Victoria, a los veinticinco (25) días del mes de febrero del año dos mil quince (2015). Años 204° de la Independencia y 155° de la Federación. Es todo se leyó y conformes firman.
LA JUEZA,

ABG. AMPARO COROMOTO GUEDEZ


APODERADO DE LA DEMANDADA

LA SECRETARIA,

ABG. JUBELY FRANCO